Se trata, en concreto, de limitaciones a la utilización de los productos fitosanitarios que contengan la materia activa prosulfocarb en su composición en el cultivo
El Boletín Oficial de Aragón ha publicado la Orden AGA/1054/2025, de 19 de agosto, por la que se establecen limitaciones en lo relativo a la utilización de los productos fitosanitarios que contengan la materia activa prosulfocarb en su composición en el cultivo de cereal de invierno, debido a que, en los últimos años, en la ejecución de estos planes de control se ha detectado la presencia de la materia activa prosulfocarb en aceitunas, cultivo para el cual no está autorizada su aplicación.
Según se indica en la Orden, “se constató que la utilización de dicha materia activa está extendida en las zonas cerealistas húmedas, donde conviven plantaciones de olivar con el cultivo del cereal, que al ser tratado con productos fitosanitarios que contienen la materia activa prosulfocarb puede provocar contaminaciones cruzadas al olivar en época de recolección. Con estos programas se pretende reducir o mitigar el impacto de los productos fitosanitarios en el medio ambiente, así como garantizar la seguridad del consumidor”.
Esta Orden del Gobierno de Aragón regula la utilización de productos fitosanitarios que en su formulación contengan la materia activa prosulfocarb, de forma que suspende temporalmente la aplicación de productos fitosanitarios que en su formulación contengan prosulfocarb en el cultivo del cereal desde el 1 de octubre hasta el 1 de diciembre de 2025 en diversas comarcas. En otras comarcas productoras de cereal, en las mismas fechas que las indicadas, se deberá guardar una distancia mínima de 150 metros a plantaciones de olivo sin recolectar al realizar la aplicación con prosulfocarb. Si las parcelas de olivo están calificadas o en reconversión a cultivo ecológico, la distancia será de 200 metros.
Además, establece una serie de limitaciones y recomendaciones en el cultivo de cereal para evitar el riesgo de contaminación por deriva en la aplicación de productos fitosanitarios formulados con prosulfocarb. Entre ellas se encuentran las de ajustar la altura de la barra del equipo de aplicación, manteniéndola a 50 cm del cultivo objeto de tratamiento, no superar una velocidad de avance de 6 km/h cuando se realice el tratamiento y aplicar el producto cuando el viento sea inferior a 10 km/h.
