Cambia la forma de comunicar las existencias de cereales, arroz y semillas

Esta comunicación es de carácter obligatorio y no hacerlo conlleva penalizaciones.

El Boletín Oficial de España (BOE) publicaba el pasado mes de octubre la Resolución de 27 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se establecen los criterios técnicos para la consideración de operador pertinente y los medios electrónicos para el cumplimiento de la obligación de comunicación de existencias de cereales, semillas oleaginosas y arroz.

Con esta iniciativa se da cumplimiento a lo establecido en el reglamento de la Comisión, de 19 de mayo de 2022, que introduce nuevas obligaciones de comunicación de existencias de cereales, semillas oleaginosas y arroz en poder de los productores, mayoristas y agentes económicos pertinentes. También se deberá notificar el nivel de existencias de semillas certificadas de los cultivos mencionados.

Entre los operadores que deben realizar estas comunicaciones se encuentran las cooperativas cerealistas que tengan una facturación superior a los 2,5 millones de euros.

Para dar cumplimiento a las nuevas obligaciones, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha creado el Sistema de Información de Existencias para la Garantía Alimentaria (SIEGA) para que los operadores pertinentes envíen la información al Ministerio que, posteriormente, la trasladará a la Comisión Europea, de forma agregada y anónima.

Con el fin de reducir las cargas administrativas, cuando exista una asociación representativa de su mercado para una tipología de producto, ésta podrá ser la encargada de recabar y trasladar la información de los asociados que así lo autoricen. En este caso, esa asociación será considerada operador pertinente a los efectos de la nueva obligación.

Esta obligación es efectiva para todos los países de la Unión Europea, con el fin de facilitar la aplicación de medidas destinadas a prevenir y mitigar las perturbaciones del mercado, ante la actual crisis alimentaria motivada por la guerra tras la invasión de Ucrania, dando además un paso más hacia la creación de una reserva unificada de existencias de cereales y oleaginosas.

El plazo para la comunicación de existencias tiene carácter mensual y se realiza, a más tardar, el día 15 de cada mes, correspondiendo la información al nivel de existencias del último día del mes precedente, que se hallen físicamente en poder de la cooperativa.

Esta comunicación es de carácter obligatorio y no hacerlo conlleva penalizaciones.

Cambia la forma de comunicar las existencias de cereales, arroz y semillas

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