El pasado sábado, día 10 de julio, se publicó en el BOE el Real Decreto 897/2010, de 9 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, en materia de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas. Modifica a su vez, el Real Decreto 1793/2008, de 3 noviembre, por el que se establecía la obligación de documentar aquellas operaciones entre entes vinculados para los ejercicios que cierren a partir del 19 de febrero de 2009, consecuencia de la Ley 36/2006, de 29 noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal.

Todo esto da cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2010, por el cual el Gobierno se comprometía a modificar la obligación de documentación de estas operaciones.

A grandes rasgos, este Real Decreto rebaja la obligación de documentar a las operaciones que superen los 250.000,00 €, sumando compras y ventas, entre una entidad y su vinculada, salvo algunas salvaguardas, que debéis analizar, junto con la obligación de declarar estas operaciones en la memoria y/o impuesto de sociedades, con losasesores fiscales.

Por otro lado, Cooperativas Agro-alimentarias de España tiene hecha la consulta a la Dirección Gral. de Tributos, para ver la posibilidad de exornar a las cooperativas de esta obligación documental.

 

Real Decreto 897/2010, de 9 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades